Reclamar la devolución de una fianza de alquiler a través de internet mediante el envío de un burofax nunca ha sido tan fácil, seguro y con el máximo valor legal y probatorio ante tribunales.
Para esto, CartaSinSobre.com, la oficina de Correo Postal Online Nº1 en España, ha creado Baja Segura, un servicio diseñado para reclamar fianzas de alquiler y rescindir cualquier contrato.
Este servicio cuenta con miles de modelos precompilados de bajas y reclamaciones, listos para ser completados y enviados a través de un burofax postal online.
De esta manera, no es necesario contratar un abogado ni hacer cola en una oficina postal para enviarlo.
Elige el modelo de devolución de fianza de alquiler
Introduzca remitente y destinatario del burofax online a enviar
Rellene el modelo de solicitud de reclamación
Firme digitalmente el modelo con firma electrónica
Inserte una copia de su documento de identidad o pasaporte
Decida si notificar el contenido del burofax por adelantado vía fax
Regístrese gratis en CartaSinSobre.com o inicia sesión
Compruebe la vista previa del modelo de reclamación
Realice el pago con tarjeta de crédito o débito
Descarga el acuse de recibo y la certificación de contenido del burofax postal enviado en su área reservada
Se hace todo a través de internet en unos minutos desde el ordenador, tablet o móvil sin tener que desplazarse a una oficina postal
No necesitas contratar a un abogado para redactar y enviar un modelo de reclamación
Enviar un burofax desde el ordenador tiene la misma validez legal que un burofax enviado desde una oficina postal
Método seguro, indiscutible y con pleno valor probatorio ante tribunales gracias al acuse de recibo y la certificación de contenido
desde 21,98 euros (iva incluido) para enviar un burofax online con acuse de recibo y certificación de contenido con una entrega al destinatario entre 24-48 horas
sólo 0,99 euros (iva incluido) además del coste de envío del burofax online, si decide anticipar el contenido de la baja vía fax
El modelo burofax devolución fianza de alquiler tiene que utilizarlo el arrendatario (inquilino de la vivienda) en caso que el arrendador (propietario de la vivienda) pasado un mes desde la entrega de las llaves y haber dejado libre el piso, no le haya devuelto la fianza voluntariamente.