Última actualización: 10 agosto 2026

Sellado de tiempo

Los metadatos de fecha no prueban cuándo se creó un archivo

Por qué los metadatos de fecha no son una prueba fiable, si un contrato con fecha retroactiva acredita esa fecha y el papel del sello de tiempo cualificado.

 
Tu pregunta

¿Por qué no basta con la fecha de un archivo para probar cuándo se creó?

Respuesta rápida

La fecha que muestra un archivo en su sistema operativo es un metadato fácilmente modificable con herramientas comunes, por lo que no constituye una prueba fiable ante un tercero o un tribunal. Para acreditar de forma sólida cuándo existía un documento hace falta una fuente externa e independiente, como el sellado de tiempo cualificado de CartaSinSobre.

La fecha que aparece junto a un archivo procede de sus metadatos, una información que el propio dispositivo o programa escribe y que puede modificarse con facilidad. Por sí sola no garantiza cuándo se creó realmente el documento, porque ningún tercero respalda ese dato.

Cuando lo que está en juego es demostrar ante un tercero o un tribunal que un documento ya existía en una fecha, esa información interna no ofrece seguridad y se necesita una prueba de origen independiente. Esa certeza la aporta una marca de tiempo emitida por un tercero de confianza, como el servicio de sello de tiempo cualificado eIDAS de CartaSinSobre.


Takeaways - Puntos clave del artículo

  • Metadato modificable: La fecha de creación o modificación de un archivo es un metadato que se altera con herramientas comunes, así que no prueba por sí sola cuándo existió el documento.
  • Fuente externa e independiente: El sello de tiempo cualificado lo emite una Autoridad de Sellado de Tiempo, un tercero independiente, y otorga presunción de exactitud de fecha según el artículo 41 del Reglamento eIDAS.
  • Estándar RFC 3161: El sellado de tiempo se apoya en el estándar RFC 3161 y genera archivos de evidencia en formatos como PDF, TSR y TSD.
  • Fecha retroactiva no acredita: Un contrato con fecha retroactiva no acredita realmente esa fecha anterior; antedatar un documento para perjudicar a un tercero puede constituir un delito de falsedad documental.
  • Conservación 20 años: La evidencia del sello de tiempo se conserva durante 20 años, lo que permite demostrar cuándo existía un documento mucho después de su creación.

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¿Qué es un metadato y por qué no es una prueba fiable por sí solo?

Un metadato es un dato que describe un archivo sin formar parte de su contenido visible, como la fecha de creación o de última modificación, el autor o el tipo de documento. No es una prueba fiable por sí solo porque esa información la gestiona el propio dispositivo o programa y puede variar con facilidad, sin que un tercero pueda verificar de forma independiente que corresponde al momento real en que se creó el contenido.

La diferencia con una prueba sólida está en el origen: un metadato lo escribe el mismo sistema que guarda el archivo, mientras que la certeza de fecha exige una fuente externa e independiente. En esa lógica se apoya un sello de tiempo cualificado emitido por una Autoridad de Sellado de Tiempo, un tercero de confianza que se basa en el estándar técnico RFC 3161. El artículo 41 del Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) reconoce a ese sello una presunción de exactitud de la fecha y la hora que indica, algo que un metadato ordinario nunca aporta.


¿Se puede hacer un contrato con fecha retroactiva?

No en el sentido de que la fecha anterior quede realmente acreditada. Las partes pueden escribir en un contrato una fecha previa a la de su firma, pero ese dato no demuestra que el acuerdo existiera de verdad en esa fecha: solo refleja lo que las partes decidieron poner por escrito.

Antedatar un documento, es decir, atribuirle una fecha anterior a la real para perjudicar a un tercero, puede constituir un delito de falsedad documental. Ningún método, ni notarial ni tecnológico, permite retrotraer de forma auténtica la existencia de un documento: un sello de tiempo aplicado hoy certifica que el documento existía hoy, no antes. Por eso la fecha cierta se construye sellando el documento en el momento en que se quiere dejar constancia, no después.



Conclusión

La fecha que muestra un archivo es un metadato modificable y, por sí sola, no prueba cuándo se creó el documento ante un tercero o un tribunal. Tampoco una fecha retroactiva escrita en un contrato acredita esa fecha anterior, y antedatar un documento para perjudicar a otro puede constituir un delito de falsedad documental.

Para fijar de forma sólida cuándo existía un documento hace falta una fuente externa e independiente que certifique la fecha, como el sellado de tiempo cualificado con valor eIDAS de CartaSinSobre.

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