Última actualización: 02 septiembre 2026

Reclamaciones

Plazo para presentar una reclamación: cómo se cuenta

El plazo para reclamar cambia según el ámbito, empieza a contar desde que el hecho pudo conocerse y la fecha del envío acredita cuándo se reclamó.

 
Tu pregunta

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una reclamación?

Respuesta rápida

No existe un plazo único para presentar una reclamación: depende de la naturaleza de lo reclamado, y la normativa fija términos distintos para el ámbito de consumo, el asegurador o el contractual general. El plazo corre desde que el hecho pudo conocerse, y el burofax de reclamación de Reclama Pronto acredita la fecha exacta del envío.

El tiempo disponible para presentar una reclamación no es el mismo en todos los casos, porque la normativa fija términos distintos según la naturaleza de lo reclamado: una relación de consumo, un contrato de seguro y una obligación contractual general se rigen por reglas propias, y el plazo de una no sirve para medir el de otra.

La duración es solo la mitad del cálculo. La otra mitad es el día en que el plazo empieza a correr, que se sitúa en el momento en que la obligación pudo exigirse o el hecho pudo conocerse. Conviene no confundir ese plazo con el plazo que tiene la empresa para responder [link interno: BP3], que corre en dirección contraria y se cuenta desde que la reclamación llega.


Takeaways - Puntos clave del artículo

  • Sin plazo único: No existe un plazo único para reclamar, porque la duración depende de la naturaleza de lo reclamado y de la normativa que rige esa relación.
  • Ámbitos separados: El ámbito de consumo, el contrato de seguro y la obligación contractual general tienen plazos propios, y el de uno no se traslada a otro.
  • Inicio del cómputo: El plazo empieza a contar desde que la obligación pudo exigirse o desde que el hecho pudo conocerse, no desde la firma del contrato.
  • Prescripción en seguro: La prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro se regula en el artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro.
  • Fecha del envío: Cuando el plazo apremia, lo que se acredita es la fecha en que la reclamación salió, no la fecha en que se redactó el escrito.

¿Necesitas reclamar antes de que venza el plazo?

Envía tu reclamación hoy Envío el mismo día • Fecha y contenido acreditados • Todo online

¿Cuánto tiempo tengo para poner una reclamación en consumo?

En el ámbito de consumo no rige un plazo único, porque conviven dos cómputos distintos: el que se aplica para dirigirse a la empresa y el que se aplica para acudir a la vía administrativa de consumo, y no tienen por qué coincidir.

  • Frente a la empresa: el término depende de la acción que se ejercite y del tipo de contrato o de producto, de modo que la referencia es la normativa que rige esa relación concreta.
  • Ante la Administración de consumo: cada organismo autonómico establece sus propias condiciones de admisión de las reclamaciones, que se consultan en la oficina competente por el domicilio.
  • Sectores con normativa propia: telecomunicaciones, energía, transporte, banca y seguros cuentan con reglas de plazo específicas que desplazan a las generales.
  • Garantía y falta de conformidad: el periodo de garantía de un producto y el plazo para comunicar una falta de conformidad son dos cosas distintas, con reglas propias dentro de la normativa de consumo.

Ese reparto explica por qué una misma compra puede tener una vía abierta y otra cerrada. Conocer cómo funcionan los plazos no permite concluir si el de un caso concreto sigue vivo: eso depende de la normativa aplicable a ese asunto y del momento en que empezó a contar. Antes de elegir el cauce conviene conocer los pasos para presentar una reclamación [link interno: BP2].


¿Qué dice el artículo 23 de la Ley sobre el contrato de seguros?

El artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro es el precepto que regula la prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro, es decir, el tiempo durante el cual pueden ejercitarse frente a la aseguradora.

  • Régimen propio: el contrato de seguro se rige por su propia ley, de modo que los plazos previstos para otras materias no se le trasladan por analogía.
  • Término según la acción: el plazo aplicable varía según el tipo de seguro y la acción que se ejercite, y se lee en la redacción vigente del precepto publicada en el Boletín Oficial del Estado.
  • Numeración comprobada: la referencia en materia de prescripción del seguro es el artículo 23, y circulan menciones a otros artículos de esa ley que no regulan esta cuestión.
  • Reclamación previa a la entidad: dirigirse al servicio de atención al cliente de la aseguradora es el paso habitual antes de acudir a otras vías, y deja constancia de la fecha en que se planteó el asunto.

El plazo exacto no se deduce de una regla general: se comprueba en el texto oficial de la ley antes de darlo por bueno. El procedimiento frente a una compañía se desarrolla en cómo se reclama a una aseguradora [link interno: BP9].


¿Desde cuándo empieza a contar el plazo para reclamar?

El plazo no empieza a contar el día en que se decide reclamar, sino desde que la obligación pudo exigirse o desde que el hecho pudo conocerse, que es el criterio general del que parte el cómputo.

  • Obligación exigible: en una relación contractual el cómputo arranca cuando lo pactado pudo reclamarse, no cuando se firmó el contrato ni cuando se contrató el servicio.
  • Conocimiento del hecho: cuando el perjuicio se manifiesta más tarde, el punto de partida se sitúa en el momento en que quien reclama estuvo en condiciones de conocerlo.
  • Prestaciones periódicas: en los cobros o servicios que se repiten, cada vencimiento tiene su propio punto de partida en lugar de uno solo para toda la relación.
  • Reglas sectoriales: cuando la materia cuenta con normativa propia, el día inicial se determina según esa normativa y no según el criterio general.

El día inicial pesa tanto como la duración, porque un plazo amplio mal contado vence antes de lo que parece. Fijar por escrito la fecha del hecho reclamado forma parte del contenido de la reclamación, y los datos que esta incluye se detallan en cómo se redacta el escrito de reclamación [link interno: BP5].


¿Qué conviene hacer si el plazo está a punto de vencer?

Cuando el plazo está a punto de vencer, lo decisivo es poder acreditar la fecha en que la reclamación salió, porque la fecha que figura en el documento redactado no demuestra por sí sola cuándo se comunicó a la empresa.

  • Enviar sin esperar: el escrito puede salir con los datos que identifican el hecho reclamado y la petición, y la documentación de apoyo puede aportarse después.
  • Envío con prueba: la constancia de la fecha, del contenido y del destinatario es lo que permite demostrar cuándo se reclamó si la empresa lo discute.
  • Justificante conservado: el resguardo del envío es el documento que sostiene esa fecha, y conviene guardarlo junto con el texto que se envió.
  • Destinatario correcto: dirigir la reclamación a la razón social y al domicilio que constan en el contrato evita discusiones sobre si la comunicación llegó a quien debía.

Una reclamación fehaciente puede además interrumpir la prescripción de la acción, un efecto que depende de la normativa aplicable y que se explica en cuándo prescribe una reclamación y cómo se interrumpe [link interno: BP14]. Con el burofax electrónico de Reclama Pronto el escrito sale el mismo día y quedan registrados la fecha, el contenido y el destinatario. El envío acredita cuándo y qué se reclamó, no el resultado que la empresa dé al asunto.


Conclusión

No existe un plazo único para reclamar: la duración depende de la naturaleza de lo reclamado, y el ámbito de consumo, el contrato de seguro y la obligación contractual general se rigen por reglas propias. Junto a la duración cuenta el día inicial, que se sitúa en el momento en que la obligación pudo exigirse o el hecho pudo conocerse.

Cuando el margen es corto, lo que sostiene la reclamación es la prueba de la fecha en que salió, y ese envío puede hacerse con el servicio de reclamación online de CartaSinSobre. Lo que queda acreditado es la fecha y el contenido de lo enviado, no el desenlace del asunto.

Tu reclamación puede salir hoy mismo

Presenta tu reclamación online Justificante descargable • Constancia del destinatario • Sin desplazamientos

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre los plazos para reclamar

El artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro regula un plazo que corresponde al asegurador, y no el plazo del que dispone quien reclama. Es un precepto distinto del artículo 23, que es el que fija la prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro. Su alcance exacto se comprueba en la redacción vigente del texto oficial, que es la referencia aplicable.

El plazo depende de la acción que se ejercite, porque una tarjeta revolving es un contrato de crédito y cada acción tiene su propio régimen y su propio cómputo. No hay un término único aplicable a todos los casos, de modo que la referencia es la normativa que corresponda a la acción concreta y el momento en que empezó a contar.