Acuerdos y contratos por WhatsApp: cuándo son válidos
Qué necesita un contrato para ser válido, si vale un reconocimiento de deuda por WhatsApp, qué pasa si la otra parte niega el acuerdo y cómo ponerlo por escrito
¿Es posible firmar un contrato por WhatsApp?
Sí, un contrato puede cerrarse por WhatsApp, porque el Código Civil no exige una forma concreta si hay consentimiento, objeto y causa, salvo cuando la ley impone una forma especial, como la escritura pública. El riesgo es probarlo si la otra parte lo niega, y enviarle el acuerdo por burofax electrónico deja constancia del envío y de la entrega.
Un acuerdo cerrado por WhatsApp puede ser un contrato válido: el Código Civil obliga a cumplir los contratos cualquiera que sea su forma, siempre que reúnan sus condiciones esenciales.
El problema no suele ser la validez, sino la prueba: si la otra parte niega el acuerdo o los mensajes, hay que demostrar qué se pactó y con quién.
Como en ese caso ayuda haber pasado lo acordado a un escrito con constancia de su entrega, es útil conocer qué deja probado un burofax.
Takeaways - Puntos clave del artículo
- Tres requisitos: Según el artículo 1261 del Código Civil, un contrato requiere consentimiento de los contratantes, un objeto cierto y una causa.
- Forma libre: Los contratos obligan cualquiera que sea su forma (art. 1278), y el soporte electrónico cumple la forma escrita (art. 23 de la Ley 34/2002).
- Formas especiales: Cuando la ley exige una forma especial, como la escritura pública para donar un inmueble (art. 633), un chat no basta.
- Reconocer una deuda: Un mensaje en el que el deudor reconoce lo que debe interrumpe la prescripción de la acción, según el artículo 1973 del Código Civil.
- La prueba, el reto: Si la otra parte impugna los mensajes, quien los aporta debe acreditar su autenticidad, normalmente con un peritaje informático.
¿Cerraste un acuerdo por WhatsApp? Déjalo por escrito, con prueba
Enviar el resumen del acuerdo con BuroNet Al WhatsApp, al email o por SMS de la otra parte • Envío, entrega y apertura con fecha y hora • Capturas y documentos adjuntos¿Qué se necesita para que un contrato tenga validez legal?
Según el artículo 1261 del Código Civil, tres requisitos:
- Consentimiento de los contratantes.
- Objeto cierto que sea materia del contrato.
- Causa de la obligación que se establece.
La forma, en general, es libre: los contratos son obligatorios cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado (art. 1278). La Ley 34/2002 lo confirma para los contratos electrónicos, y añade que, si la ley exige que consten por escrito, basta un soporte electrónico (art. 23).
La excepción son los contratos para los que la ley impone una forma especial, como la donación de un inmueble, que tiene que hacerse en escritura pública (art. 633): ahí un chat no basta.
¿Vale un reconocimiento de deuda hecho por WhatsApp?
Sí, como prueba de la deuda: un mensaje en el que el deudor admite lo que debe, mejor si indica el importe, el concepto y la fecha de pago, puede aportarse para acreditarla.
Además, según el artículo 1973 del Código Civil, cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor interrumpe la prescripción, así que ese mensaje también cuenta para el plazo de reclamación.
Tiene el mismo punto débil que cualquier WhatsApp: si el deudor niega haberlo escrito, habrá que acreditar su autenticidad. Cómo reclamar después se explica en cómo reclamar una deuda con un burofax.
¿Qué pasa si la otra parte niega el acuerdo cerrado por WhatsApp?
Que la cuestión deja de ser la validez y pasa a ser la prueba: hay que demostrar que la conversación existió, con quién se mantuvo y qué se pactó.
Ayuda aportar la conversación completa y otros indicios que la confirmen, como transferencias, entregas, correos o testigos. Si la otra parte impugna los mensajes, el Tribunal Supremo señaló en la STS 300/2015 que la carga de la prueba pasa a quien los aporta, normalmente con un peritaje informático.
Cómo hacerlo se explica en cómo se aporta WhatsApp como prueba en un juicio. Antes de reclamar judicialmente, conviene valorar el caso con un abogado.
¿Cómo formalizar por escrito un acuerdo alcanzado por WhatsApp?
Hay varias formas, según lo que se quiera acreditar:
| Forma | Qué aporta |
|---|---|
| Escritura pública | Obligatoria cuando la ley la exige, como en la donación de un inmueble |
| Documento firmado | El contenido y el consentimiento de las dos partes, en papel o con firma electrónica |
| Firma cualificada | Una firma electrónica con efecto jurídico equivalente al de la manuscrita (art. 25 del Reglamento eIDAS) |
| Resumen certificado | Constancia de que la otra parte lo recibió, aunque no lo firme |
Si la otra parte no va a firmar, el resumen debe recoger quiénes son las partes, qué se acordó, el precio o la cantidad, los plazos y la fecha en que se cerró el acuerdo por WhatsApp.
Con BuroNet, ese resumen llega a su propio WhatsApp, por SMS o por email, y la certificación recoge el envío, la entrega y la apertura. En papel, Burofax One lo entrega con certificación del contenido y acuse de recibo.
Conclusión
Un contrato puede cerrarse por WhatsApp si hay consentimiento, objeto y causa, salvo cuando la ley exige una forma especial; el riesgo está en probarlo si la otra parte lo niega.
Para que conste que la otra parte lo recibió, el resumen del acuerdo puede enviarse con un burofax electrónico a su propio WhatsApp o con un burofax postal con el texto certificado.
¿Prefieres que el acuerdo le llegue en papel?
Enviar el acuerdo en papel con Burofax One Certificación del texto enviado • Acuse de recibo • Custodia notarial de la documentaciónPreguntas frecuentes (FAQ) sobre los acuerdos y contratos por WhatsApp
La firma electrónica no se envía aparte: se incorpora al documento con un certificado o un servicio de firma, y ese documento firmado puede compartirse por WhatsApp. Según el Reglamento eIDAS (art. 25), a una firma no se le niegan efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba por ser electrónica, pero solo la cualificada equivale a la manuscrita.
Pueden aportarse como prueba, pero su valor depende de que se acrediten su autenticidad y su integridad; si la otra parte los impugna, el Tribunal Supremo exige una prueba pericial. Se explica en qué validez tienen los mensajes de WhatsApp ante un juez.