El casero y el piso alquilado: entrada, visitas y obras
Qué pasa si el casero entra sin permiso, si tiene derecho a visitar la vivienda, si el inquilino puede negarse a enseñarla, qué obras caben y cómo comunicarlo
¿Cuándo un arrendador puede entrar en la vivienda?
Un arrendador solo puede entrar en la vivienda alquilada con permiso del inquilino, porque durante el contrato es su domicilio; para reparaciones necesarias o visitas pactadas debe avisar y acordar el día. Esos avisos y las peticiones de obras conviene hacerlos por escrito; con el burofax electrónico, como BuroNet, basta el email o el móvil del destinatario.
Durante el contrato, la vivienda alquilada es el domicilio del inquilino, y la Constitución lo declara inviolable: el casero no puede entrar sin su permiso, aunque sea el propietario y conserve una copia de las llaves.
La ley sí prevé que el inquilino facilite el acceso para comprobar y hacer las reparaciones necesarias, y que soporte las obras que no pueden esperar.
Como esos avisos conviene hacerlos por escrito, es útil saber qué diferencia a un burofax de un aviso por el móvil.
Takeaways - Puntos clave del artículo
- Domicilio inviolable: Nadie puede entrar en el domicilio sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo flagrante delito (art. 18.2 de la Constitución).
- Aviso de averías: El inquilino debe avisar cuanto antes de las averías y facilitar que el arrendador o sus técnicos comprueben el estado de la vivienda (art. 21 LAU).
- 3 meses para las mejoras: El arrendador debe notificar por escrito las obras de mejora con al menos 3 meses de antelación, y el inquilino puede desistir en 1 mes.
- Obras del inquilino: Sin consentimiento escrito del arrendador, no puede hacer obras que modifiquen la configuración de la vivienda (art. 23 LAU).
- Más de 70 años: Con discapacidad o más de 70 años, el inquilino puede hacer obras de adaptación con una notificación escrita previa (art. 24 LAU).
¿Hay que avisar de una avería, una visita o una obra? Que quede por escrito
Enviar el aviso por BuroNet Al email, al móvil o al WhatsApp • Fotos de la avería adjuntas • Acuse de entrega y de lectura¿Qué pasa si mi casero entra en mi casa sin permiso?
Que vulnera el domicilio del inquilino. La Constitución establece que ninguna entrada puede hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito (art. 18.2). Ser el propietario no da derecho a entrar.
Si ocurre, conviene dejar constancia: anotar la fecha, reunir lo que pueda probarlo y comunicar por escrito al arrendador que no vuelva a entrar sin permiso. Según la gravedad, conviene consultar con un abogado qué pasos dar.
¿Tiene derecho el arrendador a visitar la vivienda?
No tiene un derecho general de visita. Solo puede acceder en los casos previstos por la ley o pactados:
| Motivo | Qué prevé la ley |
|---|---|
| Reparaciones | El inquilino debe facilitar que el arrendador o sus técnicos comprueben el estado de la vivienda (art. 21.3) |
| Obras de conservación | Debe soportar las que no puedan esperar al final del contrato, con rebaja de la renta si duran más de veinte días (art. 21.2) |
| Obras de mejora | Si no pueden aplazarse, debe soportarlas, con notificación escrita tres meses antes (art. 22) |
| Visitas de venta o alquiler | La ley no las regula: dependen de lo que diga el contrato |
En todos los casos, lo razonable es acordar el día y la hora con antelación y limitar el acceso a lo necesario.
¿Puede un inquilino negarse a enseñar la vivienda alquilada?
Si el contrato no dice nada, puede negarse: la Ley de Arrendamientos Urbanos no regula las visitas de posibles compradores o futuros inquilinos, y sin su consentimiento nadie puede entrar en su domicilio.
Si el contrato incluye una cláusula de visitas, hay que respetarla en sus términos, aunque es razonable pedir aviso previo y un horario. Para evitar visitas por sorpresa, conviene pactar por escrito cuándo y cómo se harán.
¿Puede un inquilino hacer obras en su vivienda?
Depende de la obra. Sin el consentimiento del arrendador expresado por escrito, no puede hacer obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de sus accesorios, ni, en ningún caso, obras que reduzcan su estabilidad o seguridad (art. 23).
Si las hace sin permiso, el arrendador, además de poder resolver el contrato, puede exigir al final que se repongan las cosas al estado anterior o conservar la modificación sin pagar nada por ella.
Las pequeñas reparaciones que exige el desgaste por el uso ordinario corresponden al inquilino (art. 21.4). Y con discapacidad o más de setenta años, puede hacer las obras de adaptación necesarias con una notificación escrita previa, aunque al final deberá reponer la vivienda si el arrendador lo exige (art. 24).
¿Cómo comunicar por escrito una visita, una reparación o una obra?
Con un mensaje claro que diga qué se pide, por qué y cuándo. Por ejemplo:
- El inquilino avisa cuanto antes de una avería, pide permiso para una obra o comunica una reparación urgente que va a hacer para evitar un daño inminente, cuyo importe puede exigir después (art. 21.3).
- El arrendador propone una fecha para revisar una avería, anuncia una visita pactada o notifica una obra de mejora con tres meses de antelación.
Son avisos frecuentes y a menudo urgentes. Con BuroNet llegan por email, SMS o WhatsApp, con fotos adjuntas, y se certifican el envío, la entrega y la apertura. Para la notificación formal de una obra de mejora, Burofax One la entrega en papel con certificación del contenido.
Si basta un mensaje normal se explica en si basta un WhatsApp para las comunicaciones del alquiler.
Conclusión
El arrendador solo puede entrar en la vivienda alquilada con permiso del inquilino, porque durante el contrato es su domicilio. Para las reparaciones necesarias o las visitas pactadas debe avisar y acordar el día, y el inquilino necesita su consentimiento escrito para las obras que cambien la vivienda.
Los avisos pueden enviarse con un burofax electrónico al móvil o al email o, para las notificaciones formales, con un burofax postal con el escrito certificado.
¿Una obra de mejora o un requerimiento formal? Mejor en papel
Notificar la obra con Burofax One Notificación entregada bajo firma • Contenido certificado del escrito • Acuse de recibo en tu Área ReservadaPreguntas frecuentes (FAQ) sobre los derechos y obligaciones de casero e inquilino
Entregar la vivienda, hacer las reparaciones necesarias para conservarla habitable sin subir por ello la renta, mantener al inquilino en el goce pacífico del arrendamiento, darle recibo de los pagos salvo que se acrediten por otra vía pactada y devolver la fianza al terminar (arts. 1554 del Código Civil y 17, 21 y 36 LAU).
Pagar la renta en los términos pactados, usar la vivienda con diligencia y para el uso acordado, prestar la fianza, hacer las pequeñas reparaciones del uso ordinario, avisar de las averías, no hacer obras sin permiso escrito y devolver la vivienda como la recibió, salvo el desgaste normal.
Entre otros, permanecer en la vivienda durante la duración mínima y las prórrogas de la ley, que se respete su domicilio, que el arrendador haga las reparaciones necesarias, desistir pasados seis meses con treinta días de preaviso y recuperar la fianza al terminar.
El propietario paga las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo que el daño sea imputable al inquilino; el inquilino paga las pequeñas reparaciones que exige el desgaste por el uso ordinario de la vivienda (art. 21 LAU).
Puede conservar una copia, pero no usarla para entrar sin el consentimiento del inquilino, porque la vivienda es su domicilio (art. 18.2 de la Constitución). Para evitar dudas, conviene pactar por escrito para qué casos la guarda, por ejemplo una emergencia.