Última actualización: 27 octubre 2026

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Comunicar un siniestro al seguro: quién, qué datos y cómo

Comunicar un siniestro al seguro: quién, qué datos y cómo

Quién debe comunicar el siniestro al asegurador, qué datos hay que dar, qué es un aviso de siniestro y por qué canal comunicarlo para poder probar que se hizo

 
Tu pregunta

¿Cómo se declara un siniestro?

Respuesta rápida

Un siniestro se declara comunicándolo a la aseguradora en un máximo de siete días desde que se conoce, por teléfono, app o escrito, con el número de póliza, qué ocurrió, cuándo y dónde, los daños, los terceros implicados y pruebas como fotos, facturas o el parte amistoso. Para probar la fecha y la entrega, puede enviarse por burofax electrónico certificado.

Cuando ocurre un siniestro, como una fuga de agua, un accidente o un robo, la ley obliga a comunicarlo a la aseguradora en un máximo de siete días desde que se conoce, salvo que la póliza dé más.

Además del aviso, hay que informar de lo ocurrido, y conviene poder demostrar después cuándo se avisó.

Como esa prueba depende del canal, es útil saber cómo dejar constancia de un aviso con un burofax.


Takeaways - Puntos clave del artículo

  • 7 días: El tomador, el asegurado o el beneficiario deben comunicar el siniestro en un máximo de 7 días desde que lo conocen, salvo que la póliza dé más (art. 16).
  • Daños del retraso: Si el aviso llega tarde, la aseguradora puede reclamar los daños y perjuicios causados, salvo que ya conociera el siniestro por otro medio.
  • Información completa: Hay que informar de las circunstancias y consecuencias del siniestro; perder la indemnización por no hacerlo exige dolo o culpa grave.
  • 5 días en daños: En los seguros de daños, en los 5 días siguientes al aviso hay que enviar por escrito la relación de objetos y la estimación de los daños (art. 38).
  • Gastos de salvamento: Las medidas para aminorar el siniestro corren a cargo del asegurador hasta el límite del contrato, si no son inoportunas o desproporcionadas (art. 17).

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¿Quién debe comunicar el siniestro al asegurador?

El tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario: la Ley de Contrato de Seguro les obliga a comunicarlo en un plazo máximo de siete días desde que lo conocen, salvo que la póliza fije uno más amplio (art. 16).

Si el tomador y el asegurado son personas distintas, las obligaciones del contrato corresponden al tomador, salvo las que por su naturaleza deba cumplir el asegurado (art. 7). El aviso del siniestro puede darlo cualquiera de los tres, porque el artículo 16 los nombra a todos.

La ley impone además al tomador o al asegurado dos deberes: dar a la aseguradora toda clase de informaciones sobre las circunstancias y las consecuencias del siniestro (art. 16) y emplear los medios a su alcance para aminorar esas consecuencias (art. 17).


¿Qué datos son necesarios para reportar el siniestro ante la aseguradora?

Los que permitan identificar la póliza y entender qué ha pasado. Conviene que el aviso incluya:

  • Los datos del tomador y el número de póliza.
  • La fecha, la hora y el lugar del siniestro.
  • Qué ocurrió, con la causa y las circunstancias que se conozcan.
  • Los daños en bienes o personas.
  • Los terceros y los testigos, con sus datos de contacto y, en su caso, su aseguradora, su póliza o la matrícula.
  • Las pruebas: fotos, vídeos, facturas, presupuestos, la denuncia si hubo un robo o el parte amistoso si fue un accidente de tráfico.

En los seguros de daños, además, el asegurado o el tomador deben enviar por escrito, en los cinco días siguientes al aviso, la relación de los objetos existentes al tiempo del siniestro, la de los salvados y la estimación de los daños (art. 38).


¿Qué es un aviso de siniestro?

Es la primera comunicación a la aseguradora de que ha ocurrido un siniestro, la que cumple el deber de declararlo del artículo 16. No hace falta tener todos los detalles: la información que falte puede completarse después.

Si el aviso llega tarde, la aseguradora puede reclamar los daños y perjuicios que cause la falta de declaración, salvo que se pruebe que ya conocía el siniestro por otro medio. Qué más implica el retraso se explica en qué pasa si el siniestro se comunica fuera de plazo.

Tras el aviso, conviene anotar la referencia que facilite la aseguradora, conservar los objetos dañados y hacer fotos antes de reparar. Las medidas urgentes para limitar los daños pueden tomarse: si no son inoportunas o desproporcionadas, sus gastos corren a cargo del asegurador hasta el límite del contrato (art. 17).


¿Por qué canal comunicar el siniestro para poder probar que lo hiciste?

Las aseguradoras ofrecen varios canales, y no todos dejan la misma constancia:

Canal Qué queda como prueba
Teléfono Lo que registre la aseguradora; conviene anotar la referencia del aviso
App o web El registro o el justificante que genere el sistema de la propia compañía
Correo electrónico El correo enviado, sin que un tercero certifique su entrega
Burofax electrónico El envío, la entrega y la apertura, certificados por un tercero
Burofax postal El contenido certificado y el acuse de recibo

Si hay urgencia, lo práctico es usar el canal rápido para pedir asistencia y confirmar después el aviso por escrito, con la referencia recibida.

Con BuroNet, la comunicación llega al email de la aseguradora con las fotos y las facturas adjuntas, y la certificación recoge el envío, la entrega y la apertura. En papel, Burofax One la entrega en su domicilio social con certificación del contenido y acuse de recibo.

Si después hay que reclamar a la compañía, se explica en cómo reclamar a una aseguradora por burofax.


Conclusión

Un siniestro se declara comunicándolo a la aseguradora en un máximo de siete días desde que se conoce, salvo que la póliza dé más, con toda la información sobre lo ocurrido y las pruebas disponibles.

Para poder probar el aviso, puede enviarse con un burofax electrónico al email de la aseguradora o con un burofax postal a su domicilio social.

¿Prefieres enviar el aviso en papel a la aseguradora?

Enviar el aviso del siniestro con Burofax One Certificación del contenido • Acuse de recibo descargable • Salida el mismo día si se envía antes de las 14:00

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre la comunicación de un siniestro

Es la expresión habitual para comunicar un siniestro a la aseguradora. En los accidentes de tráfico se asocia al parte amistoso, la declaración que firman los conductores implicados; se explica en dónde y en qué plazo se entrega el parte amistoso.

Siete días como máximo desde que se conoce, salvo que la póliza fije un plazo más amplio (art. 16 de la Ley de Contrato de Seguro). Si se incumple, la aseguradora puede reclamar los daños y perjuicios que cause la falta de declaración, salvo que ya conociera el siniestro por otro medio.

Un correo corriente puede aportarse como prueba, pero si el destinatario niega haberlo recibido, habrá que acreditarlo por otros medios, porque ningún tercero certifica su entrega. Con un burofax electrónico, un prestador de confianza certifica el envío y la entrega. Se explica en cuándo una comunicación es fehaciente.