Multa de un coche vendido: qué hacer y en qué plazo
Por qué la multa de un coche vendido llega al vendedor, el plazo de 20 días para identificar al comprador, las pruebas de la venta y cómo evitar nuevas multas
¿Qué debo hacer si me llega una multa por un coche que ya he vendido?
Si llega una multa de un coche vendido, el vendedor tiene 20 días naturales para identificar al comprador como conductor ante el organismo que la puso; conviene aportar el contrato con la hora de entrega. El aviso al comprador puede enviarse con prueba por burofax postal como Burofax One o por burofax electrónico como BuroNet, los dos disponibles en CartaSinSobre.com.
Las multas de un coche vendido llegan al vendedor porque la DGT notifica las que no se entregan en el acto a quien figura como titular en el Registro de Vehículos, y así sigue mientras el comprador no hace la transferencia ni el vendedor notifica la venta.
Identificar al comprador como conductor dentro de los 20 días naturales traslada el procedimiento a quien tenía el coche. Si la infracción es grave con puntos o muy grave, no hacerlo es una segunda infracción, muy grave, con una multa del triple de la original.
Como el aviso al comprador y cualquier escrito enviado por correo valen más cuando se puede demostrar que llegaron, conviene saber cuándo usar un burofax postal y cuándo uno electrónico.
Takeaways - Puntos clave del artículo
- Titular registrado: Las multas que no se entregan en el acto se notifican al titular registrado, que sigue siendo el vendedor hasta la transferencia, obligatoria para el comprador en 30 días.
- Plazo de 20 días: El titular dispone de 20 días naturales, desde el día siguiente a la notificación, para identificar al conductor que llevaba el vehículo.
- Sanción por no identificar: En las infracciones graves con puntos y en las muy graves, no identificar al conductor es una infracción muy grave (art. 77.j), con el triple de la multa.
- La hora de entrega: El contrato con la fecha y la hora de entrega demuestra quién tenía el coche si la infracción se cometió el mismo día de la venta.
- Notificación de venta: La notificación de venta protege al vendedor frente a las multas posteriores a la fecha en que se presenta, no desde la firma del contrato.
¿El comprador no cambia la titularidad? Avísale hoy con prueba
Requerir al comprador con BuroNet Basta su móvil o su email • Envío y entrega certificados con fecha y hora • Llega al momento por SMS, email o WhatsApp¿Por qué te siguen llegando multas de un coche que ya vendiste?
Las multas de un coche vendido siguen llegando al vendedor porque la DGT las notifica a quien figura como titular en el Registro de Vehículos, y la venta no cambia ese dato por sí sola.
La situación cambia con dos trámites: la transferencia, que el comprador debe pedir en un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato, y la notificación de venta, con la que el vendedor traslada al comprador las multas posteriores a la fecha en que la presenta.
Mientras el coche siga a nombre del vendedor, las multas que no se entregan en el acto, como las de radar, se le notifican a él, y el primer paso no es discutir la multa, sino acreditar la fecha de la venta.
¿Es obligatorio identificar al conductor en una multa?
Depende de la infracción: según la DGT, identificar al conductor es obligatorio en las infracciones graves con puntos y muy graves, y voluntario en las leves y en las graves sin puntos.
El plazo es de 20 días naturales, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación, y la obligación de facilitar a la Administración la identificación del conductor figura en el artículo 11.1.a de la Ley sobre Tráfico.
Lo que ocurre si no se identifica al conductor depende de la gravedad de la multa:
| Infracción original | Identificación del conductor |
|---|---|
| Leve | Voluntaria: si el titular paga la multa, se entiende que era él quien conducía |
| Grave sin puntos | Voluntaria, con la misma consecuencia si el titular paga la multa |
| Grave con puntos | Obligatoria: no hacerlo es una infracción muy grave, con el triple de la multa (600 euros si la original es de 200) |
| Muy grave | Obligatoria: no hacerlo es una infracción muy grave, con el triple de la multa (1.500 euros si la original es de 500) |
La infracción por no identificar al conductor está prevista en el artículo 77.j de la Ley sobre Tráfico y el triple de la multa, en el artículo 80.2; según la DGT, además, esta sanción no admite la reducción del 50 % por pronto pago.
En las multas de un ayuntamiento el criterio puede cambiar: en Vitoria-Gasteiz, por ejemplo, la identificación solo es opcional en las infracciones de estacionamiento.
Para el vendedor de un coche, identificar al comprador conviene siempre, también cuando es voluntario, porque si paga la multa se entiende que era él quien conducía.
En la identificación se indican el nombre, los apellidos, el DNI, pasaporte o permiso de residencia y el domicilio postal del comprador.
¿Cómo cambiar el titular de una multa de tráfico?
Cambiar el titular de una multa de tráfico consiste, en la práctica, en identificar al conductor responsable dentro del plazo, para que el procedimiento continúe contra él. En las multas de la DGT, la identificación puede presentarse por cuatro vías:
- Sede electrónica de la DGT: con identificación previa, mediante DNI digital, certificado electrónico o Cl@ve, o sin ella, con los datos de la notificación.
- App miDGT: en el apartado «Mis multas».
- Correo postal: devolviendo cumplimentado el impreso recibido a la Jefatura de Tráfico o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (CTDA) de León.
- En persona: en cualquier Jefatura u oficina de Tráfico.
Si la multa la ha puesto un ayuntamiento, la identificación se presenta ante ese ayuntamiento, por los canales que indique la notificación, y el plazo también es de 20 días naturales.
Cuando el canal lo permite, conviene adjuntar una copia del contrato y, si existe, el justificante de la notificación de venta. Cuando el escrito viaja por correo, un envío que certifique el contenido y la entrega deja prueba de qué se envió y de que llegó.
¿Cómo demostrar que el coche ya estaba vendido el día de la infracción?
La venta anterior a la infracción se demuestra con documentos que fijen la fecha y la hora de entrega del coche, y el principal es el contrato de compraventa. Estos son los más útiles y lo que acredita cada uno:
- Contrato de compraventa: la fecha y la hora exactas de entrega, con la firma de las dos partes.
- Justificante de la notificación de venta: que la venta se comunicó a la DGT y en qué fecha.
- Justificante del pago: cuándo se pagó el coche, por ejemplo con la transferencia bancaria del comprador.
- Mensajes con el comprador: lo acordado sobre la entrega y el cambio de titularidad; valen más si están certificados.
La hora de entrega resuelve los casos en que la infracción se cometió el mismo día de la venta: si el contrato fija la entrega a las 12:00 y la multa es de las 18:40, el coche ya estaba en manos del comprador.
Los datos que no pueden faltar en el contrato se explican en qué debe incluir un contrato de compraventa de coche entre particulares.
¿Cómo evitar que sigan llegando multas del coche vendido?
El vendedor deja de responder de las multas nuevas cuando la DGT tiene constancia de la venta, y para eso hay dos pasos que conviene dar cuanto antes:
- Presentar la notificación de venta: la hace el vendedor, por internet, en la app miDGT o en una oficina de Tráfico con cita previa, con el contrato firmado por las dos partes y el pago de una tasa, y le protege frente a las multas posteriores a la fecha en que se presenta. Los pasos están en cómo hacer la notificación de venta a la DGT.
- Requerir al comprador la transferencia: un aviso por escrito le recuerda que tiene 30 días para cambiar la titularidad y deja constancia de que se le avisó.
El canal del requerimiento depende de los datos del comprador que figuran en el contrato:
- Con su domicilio: en papel, con un burofax postal como Burofax One, que incluye certificación del contenido y acuse de recibo.
- Solo con su móvil o su email: con un burofax electrónico como BuroNet, que llega al momento por SMS, email o WhatsApp y certifica el envío y la entrega con fecha y hora.
Unas semanas después de la venta conviene comprobar en la app miDGT que el coche ya no aparece entre los vehículos del vendedor.
Si el comprador sigue sin hacer la transferencia, los pasos siguientes se explican en qué hacer si el comprador no cambia la titularidad.
Conclusión
Ante una multa de un coche ya vendido, el vendedor tiene 20 días naturales para identificar al comprador como conductor, con el contrato que fija la fecha y la hora de entrega.
Identificar a tiempo dirige el procedimiento a quien tenía el vehículo y evita, cuando la identificación es obligatoria, una segunda multa del triple, mientras que la notificación de venta corta las multas futuras.
El requerimiento de transferencia al comprador puede enviarse por burofax postal online si se conoce su domicilio, o por burofax electrónico de CartaSinSobre si solo se tiene su móvil o su email.
¿Tienes su dirección del contrato? Envíale el requerimiento en papel
Enviar el requerimiento con Burofax One Certificación del contenido • Acuse de recibo incluido • Sin pasar por la oficina de CorreosPreguntas frecuentes (FAQ) sobre las multas de un coche vendido
Para alegar contra una multa de tráfico hay 20 días naturales, contados desde el día siguiente a la notificación. Si el coche ya estaba vendido, lo que procede en ese plazo es identificar al comprador como conductor; el procedimiento está explicado en cómo responder a una notificación de la Administración.
Un escrito de alegaciones a la DGT se presenta en su sede electrónica, en la app miDGT, por correo a la Jefatura de Tráfico o al CTDA de León, o en cualquier oficina de Tráfico. Debe incluir el número de expediente, los datos de quien alega, las alegaciones y la firma.
La notificación de venta es el trámite con el que el vendedor informa a la DGT de la venta; desde su presentación, las multas corresponden al comprador. Se hace por internet, en la app miDGT o en una oficina de Tráfico, como se detalla en cómo hacer la notificación de venta a la DGT.
Si el comprador no hace la transferencia en los 30 días de plazo, el vendedor puede presentar la notificación de venta, que la DGT aconseja hacer cuanto antes, y requerirle por escrito el cambio de titularidad. Qué hacer si no responde se explica en qué hacer si el comprador no cambia la titularidad.