Derechos de autor en España: obras protegidas y prueba
Qué tipos de obras protegen los derechos de autor, qué requisitos deben cumplir, cómo ponerle copyright, qué implica y cómo probar desde cuándo existe
¿Cómo proteger mi obra con derechos de autor?
En España, una obra original queda protegida por el solo hecho de su creación, sin registro (art. 1 LPI). Inscribirla en el Registro de la Propiedad Intelectual es voluntario, pero crea una presunción a favor del titular. La fecha en que ya existía se puede acreditar con el depósito de la huella de la obra en Custodium.
Una canción, un guion o un diseño están protegidos desde el momento en que se crean. Lo difícil no suele ser tener el derecho, sino demostrar quién creó la obra y cuándo si alguien la copia.
El depósito ante notario como forma de fijar esa fecha se explica en la guía del depósito notarial de obras.
Takeaways - Puntos clave del artículo
- Protección automática: La propiedad intelectual de una obra corresponde al autor por el solo hecho de su creación (art. 1 de la Ley de Propiedad Intelectual).
- Sin formalidades: El goce y el ejercicio de los derechos de autor no están subordinados a ninguna formalidad (art. 5.2 del Convenio de Berna).
- Duración de los derechos: Los derechos de explotación duran toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento (art. 26 LPI).
- Presunción de autoría: Se presume autor, salvo prueba en contrario, a quien aparece como tal en la obra con su nombre, firma o signo (art. 6.1 LPI).
- Registro voluntario: Se presume, salvo prueba en contrario, que los derechos inscritos en el Registro existen y pertenecen a su titular (art. 145.3 LPI).
¿Una obra va a enseñarse antes de publicarla?
Registrar la huella de una obra Textos, música, fotografía o código • Obra que no se revela a terceros • Fecha acreditada con sello cualificado¿Qué tipos de obras protegen los derechos de autor?
Las creaciones originales, literarias, artísticas o científicas, expresadas por cualquier medio. El artículo 10 de la Ley de Propiedad Intelectual cita, entre otras, las siguientes:
- Escritos: libros, artículos y demás textos.
- Música y escena: composiciones musicales y obras dramáticas.
- Imagen: obras audiovisuales, fotográficas, pinturas y esculturas.
- Técnicas: proyectos arquitectónicos, mapas y programas de ordenador.
El título de una obra, si es original, se protege como parte de ella. Cómo se demuestra quién la creó está en cómo se prueba la autoría.
¿Qué requisitos debe cumplir una obra para estar protegida?
Que sea una creación original y que esté expresada por algún medio, aunque no se haya publicado. No se exige registro: la propiedad intelectual corresponde al autor por el solo hecho de la creación (art. 1 LPI).
Las ideas, en cambio, no se protegen como tales, sino su expresión concreta. Cómo proteger un proyecto antes de presentarlo se explica en proteger una idea antes de enseñarla.
¿Cómo ponerle copyright a una canción, guion o diseño?
No hace falta ningún trámite para que exista el derecho. El titular puede anteponer a su nombre el símbolo ©, con el lugar y el año de la divulgación (art. 146 LPI), para advertir de que se reserva los derechos, pero no es un requisito de protección.
Lo que sí refuerza la posición del autor es poder probar la fecha, con la inscripción en el Registro o con un registro de la huella de la obra. El registro oficial se explica en la inscripción de la propiedad intelectual.
¿Qué es el copyright y qué implica?
Es el término anglosajón equivalente a los derechos de autor. En España implica derechos morales, como el reconocimiento de la autoría o la integridad de la obra (art. 14 LPI), y derechos exclusivos de explotación: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación (art. 17).
Los derechos de explotación pueden cederse; los morales, no. Las diferencias con el registro oficial se analizan en el depósito frente al registro oficial.
¿Cómo reforzar la prueba de que una obra creativa existía desde una fecha concreta?
Registrando la huella del archivo de la obra con un sello de tiempo cualificado antes de enseñarla o publicarla. El depósito de obras de Custodium admite textos, música, fotografías, diseños o código, y deposita ante notario la huella, no la obra.
El certificado recoge el hash y la fecha exacta de registro. No sustituye a la inscripción en el Registro, pero acredita que ese archivo existía en esa fecha. Cómo se calcula la huella se explica en la huella de un archivo digital.
Conclusión
Una obra original está protegida desde que se crea, sin registro ni formalidades, y los derechos de explotación duran toda la vida del autor y 70 años más. Lo que conviene preparar es la prueba de la fecha, con el Registro o con un registro de la huella.
Para registrar la huella de una obra antes de compartirla está la protección de obras con depósito de CartaSinSobre.
¿La obra puede cambiar en futuras versiones?
Guardar cada versión de la obra Un certificado por cada archivo • Custodia larga, hasta 50 años • Coste según el peso del archivoPreguntas frecuentes (FAQ) sobre cómo proteger una obra con derechos de autor
El titular de los derechos puede pedir el cese de la actividad ilícita y una indemnización por los daños materiales y morales causados, en los términos de los artículos 139 y 140 de la Ley de Propiedad Intelectual (art. 138). Algunos usos están permitidos por la propia ley sin autorización.
Los derechos de explotación duran toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o de su declaración de fallecimiento (art. 26 LPI). Pasado ese plazo, la obra entra en el dominio público, aunque los derechos morales de reconocimiento de la autoría e integridad siguen respetándose.
No es obligatorio: la obra está protegida desde su creación y el Convenio de Berna prohíbe subordinar los derechos a formalidades. Inscribirla es una opción que facilita la prueba, porque se presume, salvo prueba en contrario, que los derechos inscritos existen y pertenecen a su titular (art. 145.3 LPI).